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0 | 13.6.2009 | 2 years ago


La libertad de expresión como herramienta fundamental en la búsqueda del bienestar común. Apuntes de Venezuela

El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reza: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. En las sociedades contemporáneas, éste principio, en conjunción con el libre mercado, forman la base del sistema democrático que predomina en el mundo occidental.
Con la fluidez de pensamientos en plena marcha, se podría inferir que la humanidad vive entonces una época de avanzadísima evolución puesto que, en un escenario ideal de colaboración, las sociedades podrían poner en marcha las iniciativas más productivas y así lograr el mayor bienestar. No obstante, la comunicación efectiva de las ideas dependen de muchos factores que escapan a los individuos y que se resumen en dos conceptos: política y posicionamiento.
La política, derivada del vocablo griego “relativo al ordenamiento de la ‘polis’ o ciudad”, es el proceso orientado ideológicamente hacia la toma de decisiones para la consecución de los objetivos de un grupo. Si tomamos entonces en cuenta lo anteriormente explicado en torno a la libertad de expresión, es entonces la ciencia encargada de “filtrar” esas ideas y decidir cuales son aquellas que realmente ayudan a evolucionar a una sociedad. Joseph Raz, en La ética en el ámbito público (1994), reintroduce un concepto ya explorado por grandes pensadores de la talla de Aristóteles, Santo Tomás de Aquino o Montesquieu: el Bien común. Según el jurista, “consiste culminar, de manera exitosa, actividades valiosas para un individuo”. Ambos conceptos expuestos resaltan la importancia del logro de metas –comunes o personales- para alcanzar un equilibrio u “orden”.
El ejercicio de la libre expresión es, entonces, una herramienta para alcanzar el bienestar común, puesto que aflora todas aquellas posibilidades de mejoramiento de las sociedades que puede producir el individuo. Si bien es cierto que no todas serán tomadas en cuenta, el hecho de que estén allí, en la esfera pública, implica la probabilidad que una persona, un colectivo, o una nación puedan aprovechar su valor y mejorar su calidad de vida (Raz, 1994: 18). No obstante, es importante notar que la libertad de expresión no es un proceso anárquico de construcción de realidades, sino que está sometido a una serie de reglas dictadas por la representación pública dentro de la esfera política.
Jon Stuart Mill, en su libro Sobre la libertad (1859), expone la importancia del consenso para regular el “mercado de ideas” y así evitar que las sociedades se dirigan hacia la anarquía y el caos. La proposición es coherente, puesto que el autor recoge que la libre expresión debe servir “para llegar al descubrimiento definitivo de la verdad” y no debe en ningún momento “interferir con la libertad de otros”. Los límites son entonces borrosos, pues es imposible determinar a ciencia cierta donde comienzan o terminan los derechos de un individuo, cuando se abusa o se supedita el proceso de racionalización a otros. En esos espacios intermedios, donde todo se superpone, se construye el espacio público.
Esos sujetos públicos, encargados de la construcción de las reglas de deliberación, están sujetos a la justificación de los contenidos de sus propuestas y a la validación colectiva de sus decisiones (Barragan, 1992). Por tanto, el espacio público construido a partir de estas premisas, si bien no garantiza la llegada de una sociedad al bienestar, indica que está en la dirección correcta hacia la obtención del utópico Bien Común.
El otro concepto planteado para que una idea impacte en el espacio público tiene que ver con el posicionamiento del individuo dentro del espacio público. Amartya Sen habla en su libro Development as Freedom de la libertad sustancial. El término implica la potenciación de la vida y las libertades que se valoran. No obstante, alcanzar la libertad sustancial no implica alcanzar el bien común. Se toma como ejemplo la figura de Mahatma Gandhi, capaz de dejar de consumer alimentos para reforzar su posición en contra de las políticas imperiales británicas. No es lo mismo decidir ayunar que ayunar por necesidad, como es el caso de los mendigos o las personas sin hogar, y en ninguno de los dos casos se logra el bienestar, pero Gandhi posee un elemento de libertad sustancial que no posee la otra persona, pues está luchando por lo que cree justo, por aquello que valora.

El Caso Venezuela: Libertad de expresión, amenazas y bien común
Tras la llegada al poder del Teniente Coronel (Ej.) Hugo Chávez Frías a la Presidencia de la República en el año 1999, se “transformó” el concepto de libertad de expresión en Venezuela. Si bien la constitución de ese mismo año consagra el derecho, en la Exposición de Motivos de la se menciona que “Por ser consustancial con ese derecho, quien lo ejerza asume la plena responsabilidad por todo lo expresado. Así mismo, se reconoce el derecho a una información veraz, oportuna, imparcial y sin censura”.
Si bien las líneas anteriores parecen la consolidación de una cantidad de acuerdos tácitos que fueron establecidos con el nacimiento de la democracia moderna, la norma se ha utilizado para perseguir a aquellos que confrontan las políticas de la administración Chávez.
Y esto a pesar de que, según Gladys Villaroel, el venezolano entiende perfectamente el concepto de libertad y no lo asocia con el slogan de las políticas chavistas de principios de milenio: Igualdad Social.
De acuerdo al estudio Representaciones sobre la libertad e igualdad de estudiantes venezolanos, Villaroel concluyó que la mayor parte de los consultados asocian el término libertad con democracia y conciencia, mientras que la igualdad era sinónimo de justicia y oportunidades. No obstante, prefieren vivir en libertad sin igualdad que en igualdad sin libertad.
Esto se vio en pleno cuando Radio Caracas Televisión fue advertida que no sería renovada su concesión. Chávez lanzó la amenaza en diciembre de 2006, en el discurso de fin de año en la Academia Militar, y la formalizó a principios de 2007, diciendo que “ese canal golpista nunca regresará a las pantallas venezolanas”. De allí en adelante, la sociedad civil en pleno despertó, y aunque no pudo evitar el cierre de la planta televisiva, le pasó factura al mandatario rechazando el proyecto de reforma constitucional que presentó en agosto del mismo año.
Y es que, como expone Miguel Ángel Latouche en Sobre la discusión pública y el problema de la construcción de la democracia, la participación es necesaria para garantizar la construcción efectiva del espacio público y el avance hacia el bien común. Desde su perspectiva, el ejercicio de la libertad de expresión es fundamental para avanzar como sociedad.
“Para ello, no es necesario que, en efecto, los sujetos participen permanentemente en la discusión pública de los diferentes temas, es crucial, eso sí, que al menos tengan la posibilidad de hacerlo en un plano de igualdad con los demás y sin que sus argumentos sean descalificados antes de ser considerados de manera suficiente dentro del ámbito en el cual se produce la discusión pública”


Un punto más acerca del ejercicio de los derechos públicos, según Latouche, es que “una falta a las libertades individuales de una persona, en una sociedad democrática, catapulta una reacción social para defender ese derecho”. Eso fue lo que pasó en el caso RCTV y lo que parece estar ocurriendo con las constantes amenazas del Jefe del Estado hacia Globovisión: al momento de escribir estas líneas, miles de personas en las calles venezolanas contribuyen con el canal de noticias para ayudar a pagar una multa impuesta por el organismo de fiscalización de impuestos que parece más un castigo a la línea editorial que una sanción tributaria.
Finalmente, es necesario decir que el cambio en la libertad de expresión ocurrido en Venezuela durante la última década obedece más a que en el país no se estaban obedeciendo las reglas, y el coletazo “moral” del nuevo gobierno las ha restringido. Hemos pasado de una situación de libertinaje a incumplir las condiciones que Auman (1976) considera necesarias para construir el espacio público: no existe acceso a las fuentes oficiales, los mecanismos regulatorios parecen prejuiciados y el Estado de Derecho es repetidamente violado por acciones de funcionarios públicos. Es hora de levantar la cabeza y reclamar los derechos en los que se basa la democracia, para garantizar el bien común a las futuras generaciones.


Fuentes Consultadas

• Auman, Robert (1976). “Agreeing to Disagree”. The Annals of Statistics. Vol. 4. Nº 6.
• Barragán, Julia (1992). “La estructura de justificación de las políticas públicas en un marco democrático”. América Latina. Alternativas para la democracia. Caracas. Editorial Monteávila
• Latouche, Miguel Ángel (2009): Sobre la discusión pública y el problema de la construcción de la democracia. Disponible en: http://www.alaic.net/alaic30/ponencias/cartas/Comunicacion_Politica_medios/ponencias/GT4_4LatouchE.pdf
• Mill, Jon Stuart (1859). Sobre la libertad. Editorial La Oveja Negra. Buenos Aires.
• Raz, Joseph (1994). La ética en el ámbito público. Barcelona. Editorial Gedisa.
• Sen, Amartya (2000). Development as Freedom. New York Anchor Books